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García y García Abogados

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En las Zonas Procesadoras para Exportación pueden tener presencia personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras interesadas en las actividades de producción de bienes y servicios como la manufacturación, el ensamblaje, el procesamiento de productos terminados o semi-elaborados y finalmente su exportación.

Las Zonas Procesadoras para Exportación son zonas libres de impuestos por lo tanto las empresas, así como toda actividad, operación, transacción, tramite y transferencia de bienes e inmuebles, compra e importación de equipos y materiales de construcción, materias primas, equipos, maquinarias, herramientas, accesorios, insumo y todo bien o servicios requerido para sus operaciones y que se realicen dentro de las Zonas Procesadoras estan 100% libres de impuestos directos e indirectos, contribuciones, tasas, derechos y gravámenes nacionales.

Los capitales de las empresas que estén instalas en Las Zonas Procesadoras para Exportación están libres de impuestos nacionales directos e indirectos incluyendo impuestos de patentes y licencias.

Las Zonas Procesadoras para Exportación son zonas de libre comercio, por lo tanto las tarifas de los servicios y los precios de los productos son fijados libremente por cada empresa que los preste o produzca de acuerdo con las reglas de oferta y la demanda, teniendo presente la competitividad requerida para participar exitosamente en el mercado.

Los extranjeros que comprueben haber invertido una cantidad no inferior a US$ 250.000.00 en empresas debidamente autorizadas como promotoras u operadoras de Zonas Procesadoras para Exportación o en empresas establecidas dentro de estas zonas tendrán derecho a solicitar visa de residente permanente en calidad de inversionista.